La importancia de la metodología feminista en una criminología crítica global

The importance of feminist methodology in a global critical criminology

  • Jon Gómez Garmendia
Este artículo parte de la propuesta dada por Rivera Beiras en esta revista en 2016: la criminología crítica global. Una posible ruptura epistemológica en la disciplina que implica ampliar sus límites de estudio y no volver a cometer los errores del pasado. Sobre esta base, en este texto se marca como objetivo justificar la importancia de la metodología feminista en la forma de hacer y entender esta nueva corriente criminológica. Una metodología o, mejor dicho, diversas características feministas que, como tentativa de afirmación, pueden ser consideradas indispensables en las maneras de denunciar y visibilizar los daños sociales, las violencias estructurales y hacer memoria. Por ello, en este escrito se recorrerá el papel histórico de la mujer en la disciplina, se abordarán algunas de las propuestas y aportes en defensa de la satisfacción de las necesidades humanas y se intentará reflejar empíricamente esta posición a través de un caso de estudio.
    Palabras clave:
  • Criminología
  • Feminismo
  • Metodología
  • Emociones
  • Historias de vida
This article is part of the proposal given by Rivera Beiras in this journal in 2016: the global critical criminology. A possible epistemological rupture in the discipline that implies expanding its limits of study and not committing the errors and forgetfulness of the past. On this basis, this paper aims to justify the importance of feminist methodology in the way of making and understanding this new criminological trend. A methodology, or rather, diverse feminist characteristics that, as an attempt to assert, can be considered indispensable in the ways of denouncing and making visible social harms or structural violence and making memory. Therefore, this paper will cover the historical role of women in the discipline, will address some of the proposals and contributions in defense of the satisfaction of human needs and will try to reflect empirically this position through a case study.
    Keywords:
  • Criminology
  • Feminism
  • Methodology
  • Emotions
  • Life stories

1 Introducción

El campo criminológico es un espacio de reciente creación que a lo largo de los años ha tenido diversas corrientes que han sido llamadas de múltiples maneras. Por ejemplo, se han llegado a realizar estudios en nombre de la criminología biológica, frenológica, clínica (las tres de cohorte positivista), la sociología del control penal, la ecológica, la subcultural, la del etiquetamiento, la marxista, la de la reacción social, la ambiental o la de los derechos humanos.

Una larga lista de nombres que representan la propia heterogeneidad de la disciplina y la falta de consenso y estabilidad en el estudio de la cuestión criminal y su propia epistemología. Cabe recalcar que la línea positivista bajo la que nació esta disciplina como ciencia sigue imperando en la actualidad con determinados sesgos racistas, clasistas y sexistas que en este texto no se dejarán en el olvido.

Dicho lo cual, este artículo se marca como objetivo general justificar la importancia de la metodología feminista en la forma de hacer y entender la criminología desde una posible nueva ruptura epistemológica: la de la criminología crítica global. Propuesta de la que se partirá como base y se contextualizará a través del análisis del origen de la disciplina y el papel de la mujer en sus estudios.

Así, cabe incidir que entre los propósitos defendidos en este texto exploratorio no se encuentra la erradicación de las formas hegemónicas de hacer Criminología (en mayúsculas para referirnos al discurso dominante), sino en deconstruir tendencias y abrir caminos que puedan derribar muros que han supuesto que la Criminología no se haya preocupado por determinados sectores de la población, países alejados del Estado-nación o múltiples violencias.

Con este propósito, el contenido de este artículo consta de cinco apartados. En el primero se presentará la génesis de la disciplina y las principales rupturas epistemológicas que se dieron en la concepción de la cuestión criminal. Unas rupturas entre las que puede situarse la criminología crítica global que toma como ejes la violencia estructural, la memoria colectiva y el daño social.

En una segunda parte, en cuanto que nuestro objetivo consiste en defender determinadas características feministas sobre esta ruptura, se realizará una presentación del papel de la mujer en las investigaciones criminológicas y las principales aportaciones de la “criminología feminista”. Presentación que conecta con el próximo tercer apartado donde se efectuará un breve estado del arte sobre las distintas perspectivas feministas teóricas (como la liberal, radical, socialista o marxista) que pueden ir unidas, en especial, con distintas epistemologías (como la empirista, la del punto de vista o la postmoderna).

Unas bases sobre las cuales tendremos el propósito de discutir, en una cuarta sección, si existe un “método feminista” concreto y cuáles podrían ser los elementos característicos a aplicar en el ámbito de la criminología. Elementos como la vulnerabilidad, la interdependencia o lo emocional que, junto a las historias de vida, pueden ayudar a denunciar las violencias que no se persiguen por ser estructurales, estar banalizadas y/o invisibilizadas.

Una apuesta por distintas características feministas donde, para finalizar, su relevancia se intentará demostrar empíricamente en un estudio de caso concreto: el de la hepatitis C en Galicia ocurrido entre 2013 y 2015. Caso en el que bastantes personas enfermas por el virus no tuvieron acceso a un nuevo medicamento revolucionario (con una tasa de efectividad superior al 90 %) debido al alto costo del tratamiento en una época de recortes sociales.

2 El lugar y el papel de la Criminología

El presente texto parte de la propuesta dada por Iñaki Rivera Beiras en la temática especial de esta revista en 2016: la criminología crítica global. Una formulación que formó parte del número Espacios y tiempos en las violencias contemporáneas y surgía como un posible nuevo paradigma epistemológico de la disciplina en un contexto donde la lex mercatoria (la ley de mercado que responde al derecho creado al interés del poder económico) deja en subordinación a la esfera política y genera ciertos daños y violencias. Unas violencias que, en el recorrido de la investigación criminológica, se dejaron en el olvido trasladando el interés de estudio a los delitos cometidos por las clases bajas y no a aquellas realizadas por los poderosos (Rivera Beiras, 2016, p. 24).

Aunque desde 2015 la posición del autor no se haya establecido en una dirección concreta, en aquel momento, con fuerte inspiración en la teoría crítica y la criminología crítica de la década de los 70, Rivera Beiras consideraba que merecía el esfuerzo reformular epistemológicamente la disciplina. Así, en lugar de abandonarla, su planteamiento se cimentó sobre tres ejes: 1) recuperar el estudio de la violencia estructural; 2) situar la memoria colectiva como límite epistemológico; y 3) ampliar los límites de la disciplina e incluir objetos de estudio que fueran más allá, en la línea de estudio del daño social.

Sin embargo, antes de profundizar en estos elementos, vemos pertinente contextualizar los motivos y el pasado de la disciplina a través de unas breves referencias a su origen, su uso, su aplicación y las rupturas epistemológicas previas que implicaron nuevas estrategias en las maneras de investigar y comprender el objeto de estudio de la criminología, la cuestión criminal.

2.1 La ciencia criminológica como cómplice del proyecto modernizador

¿Por qué era necesaria una reformulación epistemológica de la disciplina? ¿Qué estaba “mal”? ¿De dónde parte el planteamiento de una criminología crítica global? Realizando una aproximación que responda a estas cuestiones, resulta necesario recordar cuándo nació la criminología. Para ello, existen dos vías explicativas: 1) la que sitúa su origen como logos del crimen; y 2) la que la establece como conocimiento científico (Bustos Ramírez, 1983, p. 27).

En la primera línea, como forma de conocimiento en torno a la cuestión criminal, el saber criminológico puede situarse en un contexto europeo/occidental donde el feudalismo desapareció y las monarquías y la Iglesia se volvieron en potencia. Un momento donde se hizo creer a la población que la pobreza, la miseria y la alineación social ocurrían a causa de la magia y no por las políticas impuestas por el príncipe o el Santo Padre, el Papa.

Por ejemplo, en este rechazo a la magia y a la transgresión del orden soberano, la Inquisición jugó un papel de control social importante. Así, aparte de perseguir a cátaros o albigenses, también dio caza a adivinos, blasfemos y brujas. Como muestra, sobre estas últimas, podría citarse el Malleus Maleficarum. Un código criminal escrito entre 1485 y 1486 por dos monjes dominícos que sirvió de herramienta de legitimación para la persecución y supresión de muchas mujeres.

En cambio, éste tan solo es un ejemplo que representa el saber y la acción sobre lo que entonces era considerado crimen. La interpretación dominante sigue siendo la que establece su origen en el momento en el que ésta se constituye como disciplina científica. La Criminología nace en el siglo XIX en un contexto de luchas ideológicas donde al poder burgués le interesó hacer todo lo posible por dejar atrás el pasado y garantizar un orden que el apogeo del proletariado podría poner en duda (Del Olmo, 1981/1999, pp. 24-25).

Así, lo científico jugó un papel fundamental a la hora de transformar el carácter de la cuestión criminal. Y es que, hasta entonces, en el medievo, imperaba el precepto “hacer morir, dejar vivir” del poder soberano donde el crimen era considerado como una acción que rompía el equilibrio establecido por el orden imperante. Situación que en el siglo XVIII se transformó con los representantes del reformismo penal y sustituyeron la venganza por la defensa social. El crimen comenzó a ser considerado, de este modo, un concepto jurídico.

Con figuras como Lombroso, Garofalo o Ferri, la Criminología nacía como un “discurso charlatán”, un discurso de cohorte utilitarista que sirvió de coartada para justificar la penalidad basada por lo que se era y no por los actos cometidos (Foucault, 1994/2019, p. 157). Por lo dicho, se trasladó la inclinación por el crimen al interés por la persona delincuente. La Criminología tuvo el papel de consejero de los fines del orden social moderno que justificó que el “alma” de los delincuentes fuera objeto del castigo legal (Foucault, 1975/2002, p. 26).

Es decir, lo que en un comienzo fue “antropología criminal”, tuvo el propósito de controlar a las y los “biológicamente inferiores” (Del Olmo, 1981/1999, pp. 30-31). Una interpretación ya iniciada con la idea del contrato social que no fue tan universal como se hizo creer a la sociedad. Este contrato tan solo respondía a una minoría: el blanco, varón, adulto y propietario. Una posición en la cual los fundamentos del Estado y del derecho sirvieron para marginar a las y los desheredados, extranjeras, extranjeros, niñas, niños y mujeres (Baratta, 1998/2000, p. 199).

2.2 Las primeras rupturas epistemológicas en el estudio de la cuestión criminal

Estas interpretaciones deterministas y racistas siguieron influyendo en posteriores historias criminológicas hasta que se dieron grandes cambios en el estudio de la cuestión criminal. La primera ruptura ocurrió en la primera mitad del siglo XX con el interaccionismo simbólico (en concreto, con la teoría del etiquetamiento). Un movimiento cercano a la sociología que, teniendo como referente a George H. Mead, comprendía la realidad social como la constitución de interacciones entre personas, los significados producidos en situaciones concretas y la importancia del lenguaje en ellas (Baratta, 1982/2004, p. 85).

De esta manera, con referentes como Lemert, Becker o Erikson, se dio un vuelco a la óptica determinista sobre la cuestión del criminal y la persecución de determinados sectores de la población. Así, se dejaron de un lado cuestiones como quién era criminal o cómo se llegaba a serlo, para pasar a preguntarse quién era considerado como tal, qué consecuencias traía dicha definición para aquellas personas o quién definía a quién (Baratta, 1982/2004, p. 87).

Asimismo, una segunda ruptura se dio en la década de los 70 con la criminología crítica. En esta ocasión, según Vicenzo Ruggiero (2005, p. 19), “la criminología salió finalmente de las cloacas” y se comenzó a hacer “anticriminología”. El foco de estudio se centró sobre aquellos que controlaban el discurso de la cuestión criminal: los poderosos. Por ello, con esta ruptura se introdujo como análisis el tema del poder, se mostró compromiso con la justicia social y se apostó por un cambio social (Aniyar de Castro, 2010, p. 34).

Esta última corriente fue una línea heterogénea que reunió diversas iniciativas como el pensamiento abolicionista (con referentes como Hulsman, Christie o Mathiesen), el realismo de izquierdas (de Taylor, Walton o Young) o el garantismo (de Baratta o Ferrajoli). A su vez, tuvo un papel relevante el Grupo Latinoamericano de Criminología Crítica (en la que participaron Bergalli, Del Olmo, Aniyar de Castro o Bustos Ramírez) que comprendió esta nueva criminología como una “ciencia negativa” que se confrontaba con el positivismo, rechazaba su cientificidad o denunciaba el control de definición del delito (Aniyar de Castro, 2010, p. 14).

2.3 Los principales ejes de una Criminología Crítica Global

Sin embargo, estas rupturas no tuvieron el futuro deseado. Los vetos y dificultades para encontrar un lugar de reflexión y divulgación significaron un gran escollo. Como resultado, las líneas positivistas basadas en la exclusión siguieron imperando a través de una óptica actuarial. Un conjunto de técnicas que se caracterizan por calcular el riesgo y la peligrosidad de determinados grupos poblacionales con el fin de “manejarlos” con políticas correccionales. Una vía que formó parte de la “nueva penología” (Feeley y Simon, 1992).

En este sentido, la criminología crítica global en la que nos posicionamos en este texto puede considerarse como una refundación de la criminología crítica de antaño que amplía miradas y abre la posibilidad definitiva de autonomizarse del derecho penal. Un paso que, en el contexto global y transnacional en el que vivimos, posibilita no estar en subordinación con el derecho y hacer justicia (dos términos distintos) teniendo como objeto de estudio el mal, la crítica del poder y las agresiones por parte de los Estados y los Mercados a los bienes comunes y la garantía de los derechos humanos (Ferrajoli, 2014, p. 84).

Una de las referencias en esta dirección fue la obra de Wayne Morrison: Criminología, civilización y nuevo orden social (2006/2012). Texto que tomó la invitación de las antiguas rupturas y repensó el papel de la disciplina a partir de los hechos del 11 de septiembre de 2001 y los genocidios perpetuados en la modernidad. Así, se comenzó a abrir una óptica que miraba más allá de los límites del Estado-nación —aquello que Morrison llama “espacio civilizado”—, fuera transnacional y se basara en la interdependencia.

De este modo, esta criminología crítica global transcurre por un “hilo rojo” donde sus tres principales ejes son los siguientes:

  1. La violencia estructural: tras un siglo XX con guerras mundiales y crímenes de masa, sobre todo, tras el Holocausto, los estudios sobre la guerra, la violencia y la paz fueron constantes. Sobre estos hechos racionales —dirían Max Horkheimer y Theodor W. Adorno (1994/2016)— o en el contexto de una cultura y logros técnicos modernos —señalaría Zygmunt Bauman (1989/2010, p. 18)— destacó el papel de Johan Galtung y su teoría sobre la paz.

    La violencia estructural forma parte de la triada de violencias descritas por el sociólogo y matemático noruego (Galtung, 1969, p. 174). Una violencia “indirecta” que incluye acciones sistemáticas que operan a través del ejercicio de poder y resultan ser invisibles por ser el resultado de distintas acciones y múltiples actores que son difíciles de rastrear, incluso, encontrar una casualidad entre hechos y efectos. Una formulación que resulta necesaria ser recuperada en el análisis de la cuestión criminal y se diferencia de la violencia directa (aquella visible, por la que comúnmente se centra la Criminología) y de la violencia cultural (que tiene la función de legitimar las otras dos violencias de manera simbólica, por ejemplo, a través de la religión o el derecho).

  2. La memoria colectiva: en la línea de lo presentado hasta ahora, Rivera Beiras (2016, p. 28) añade la importancia de romper epistemológicamente con los límites establecidos por el proyecto de la modernidad y la importancia de mirar desde las y los excluidos del contrato social. Es decir, “poner en juego la sustancia anamnética” mediante la cual las y los perdedores que, en un principio no tenían valor ni nombre, son quienes poseen significado (Mate, 2006/2009, pp. 46-47).

    Mientras que la memoria (mnemne) se especializa en el pasado recordado, la rememoración (anamnesis) hace referencia al pasado olvidado (Mate, 2003, p. 153). Según Reyes Mate, esa sustancia anamnética pondría énfasis en combatir el programa amnésico que supuso Auschwitz (como símbolo indiscutible del mal) y leer la historia desde la constitución de la Memoria. Por esta razón, como lucha contra el mal, esta “‘nueva’ nueva criminología” debería de centrarse en “movilizar todo el contenido epistémico de la recordación” y establecer límites epistemológicos en la memoria colectiva (Rivera Beiras, 2011, p. 45).

  3. El daño social: en esta dirección, se pretende hacer frente al “apartheid criminológico” o el olvido que tuvo la disciplina respecto a los crímenes de guerra, lesa humanidad o genocidios como la colonización belga en el entonces Estado Libre del Congo en 1884, los hechos entre 1915 y 1923 en Armenia, el Holocausto, Bangladesh en 1971, Camboya entre 1975 y 1979, El Salvador y Guatemala en la década de los 80, Irak, Bosnia o Ruanda (Ferrajoli, 2012/2013, p. 2).

    Una mirada hacia “el otro lado” que la criminología del siglo XXI no puede dejar atrás y, por eso mismo, debe incidir en ampliar los límites de su estudio. Por ejemplo, esta es la dirección tomada por las y los defensores del daño social que decidieron abandonar la Criminología creando su propia disciplina: la zemiología. Aquella disciplina centrada en estudiar los daños que no son considerados como “delitos” pero, “comprometen de forma demostrable la sostenibilidad de la vida [human flourishing]” (Pemberton, 2015, p. 19).

    Un posicionamiento que ha tenido influencia en múltiples trabajos a la hora de estudiar distintos daños como: los medioambientales (Natali, 2014), la exportación de armas (Rivera Beiras, 2014), los desahucios y suicidios a causa de las políticas posteriores al estallido financiero (Forero Cuéllar, 2014), el control migratorio (Fernández Bessa, 2021), el no acceso a medicamentos esenciales (Gómez Garmendia, 2022) o la violencia de género (Cain y Howe, 2008).

En definitiva, abogar por una criminología crítica global exige un compromiso con las necesidades humanas y con poner la vida en el centro. Tomar una posición crítica, marginada y silenciada que tiene la función de molestar y hacer frente a la homologación de un proyecto modernizador colonial, capitalista y patriarcal. Una apuesta por salir de los formalismos académicos, tomar partido sin miedo, responder a los reclamos de las comunidades afectadas y producir conocimiento desde los márgenes (Guthmann y Rivera Beiras, 2023).

Por lo dicho, esta criminología puede llegar a tener una doble función: por un lado, un papel descriptivo centrado en denunciar los crímenes de poder; y, por otro, uno prescriptivo que incida en políticas públicas como la reformulación de qué bienes deben estar protegidos penalmente, cómo reducir la intervención penal, cómo reglar y controlar los poderes transnacionales o de qué manera revertir la banalización de ciertos daños (Ferrajoli, 2012/2013, pp. 10-11).

3 El feminismo en el campo criminológico

Con este doble cometido, la tentativa de afirmación defendida en este artículo es que distintos rasgos de la investigación feminista pueden ayudar a la elaboración y defensa de la criminología crítica global. Así, antes de citar cuáles podrían ser estas características, en este apartado se presentará el papel de la mujer en el estudio criminológico y algunos aportes sugeridos por el feminismo.

3.1 La mujer en la investigación criminológica

Tal y como se ha señalado, la mujer ha sido un sector excluido por las metas de la razón y el progreso. Como muestra, este pactum ad excludendum quedó representado con los derechos reconocidos por textos como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de Francia de 1789 (que reconocía el derecho a la libertad, la propiedad o la libertad religiosa). Una denuncia ya realizada por una de las referentes del feminismo ilustrado, Olympe De Gouges, en la Déclaration des Droits de la Femme et de la Citoyenne (1791/2021).

Igualmente, en el relato judeocristiano occidental, la primera persona en cometer un acto criminal y recibir un castigo fue Eva. Figura que, desobedeciendo al Señor, mordió la manzana y fue considerada como una infractora. Así, en base a las normas morales y religiosas, se configuró una “figura ideal femenina” enmarcada en el prototipo de una virgen “sin pecado concebida” (Aniyar de Castro, 2010, pp. 203-204). Por ello, en los supuestos de violar las normas socio-religiosas que ordenaban su rol sexual (una madre, obediente, cuidadora, etc.), estas eran perseguidas por desobedientes, pecadoras, ebrias, tener una vida desordenada o considerarse brujas (Aniyar de Castro, 2010, p. 205).

Otro ejemplo fueron las primeras “prisiones de mujeres”: las galeras. Unos espacios de corrección que, desde el siglo XVII hasta inicios del XIX, reunía en ciudades como Valladolid, Madrid o Zaragoza a mujeres por ser mendigas, ladronas, vagabundas, prostitutas, infractoras o hechiceras. Unas mujeres que compartían la transgresión y eran consideradas “malas” o de “moral perdida” (Maqueda Abreu, 2014, p. 28; Méndez Hernández, 2021, p. 234).

De igual modo, en materia criminológica, el papel de las mujeres en la cuestión criminal también fue un tema abandonado (salvo excepciones). El “padre de la Criminología”, Lombroso, publicó en 1893, junto a Guglielmo Ferrero, La Donna Delinquente. Un texto que presentaba la delincuencia femenina como algo natural fruto de una evolución inapropiada, anormalidades cromosómicas, síndromes premenstruales o sentimientos innatos (Sánchez, 2004, p. 242; Maqueda Abreu, 2014, p. 31).

Mismos posicionamientos defendidos después por William I. Thomas en 1907 en Sex and Society (donde consideraba que a los hombres les caracterizaba la fuerza y la inquietud mientras que las mujeres eran más conservadoras) u Otto Pollak que, en 1950, en The Criminality of Women, defendía que las mujeres cometían el mismo número de crímenes que los hombres, solo que, debido a la caballerosidad del sistema penal, no llegaban a mayor recorrido judicial.

3.2 Algunas aportaciones de la criminología feminista

Esta tradición de exclusión y discriminación ha sido criticada como “epistfemicidio”, haciendo referencia a la ausencia de las mujeres y sus conocimientos, sentimientos y vivencias de la producción científica (Heim y Piccone, 2019, pp. 258-259). Una situación que comenzó a cambiar con el auge de la criminología crítica. Corriente que coincidió con la criminología feminista iniciada, en parte, por la socióloga Carol Smart y su Women, Crime and Criminology de 1977.

En esta obra, al igual que en trabajos precedentes como los de Freda Adler (1975) o Rita James Simon (1975) —que sostenían, con sus diferencias, que el aumento de las tasas de arrestos y la criminalidad femenina iba unida al movimiento de liberación y las luchas por la igualdad—, se denunciaron los sesgos androcéntricos de la Criminología y los pocos estudios que había sobre las mujeres. Como ejemplo, Smart criticó las tesis tradicionales sobre la delincuencia femenina que Lombroso o Pollak habían defendido en sus ya citadas obras.

Desde entonces se ha hecho frente a la visión androcéntrica analizando el control (formal como informal) sobre las mujeres, intentando deconstruir la criminología tradicional y patriarcal, añadiendo la perspectiva sexo-género como elemento inseparable del control social o que la citada delincuencia femenina deje de considerarse, bajo prejuicios, como algo “anormal” (Damasceno de Andrade, 2016, p. 24; Méndez Hernández, 2021, pp. 238/248).

En esta dirección, el tratamiento de las mujeres en el ámbito criminológico ha sido variado y se han realizados estudios en la denuncia de daños y problemas estructurales como la discriminación de las mujeres privadas de libertad (Antony García, 2019), la exclusión de identidades y orientaciones sexuales disidentes o no hegemónicas de los trabajos sobre prisiones (Cané y Piechestein, 2018), el homicidio como delito de género (Azaola, 1996) o las debilidades y carencias del sistema penal en el tratamiento de la violencia de género (Larrauri, 2018).

Ámbitos a los que se unen, además: la consolidación de las estructuras de género y reproducción de discriminación sexual en la justicia penal juvenil y las mujeres menores (Bodelón y Aedo Rivera, 2015; Chesney-Lind y Pasko, 2004); las diferencias de género en los cuerpos policiales (Heidensohn, 1992); la severidad de las instancias de control informal en las mujeres, como el ejemplo concreto de la familia (Dobash y Dobash, 1979; Larrauri, 1994); o la benevolencia hacia infractoras femeninas por parte de la policía o los tribunales al sentenciar y castigar (Eaton, 1986; Hedderman y Gelsthorpe, 1997).

En síntesis, la criminología feminista “propone el reconocimiento de la agencia de las mujeres, como delincuentes y como víctimas, redefiniendo su relación con la delincuencia” (Maqueda Abreu, 2014, pp. 22-23). Posición que comprende a las mujeres “como actoras sociales que conservan su autonomía y su racionalidad en sus conflictos con el derecho” (Maqueda Abreu, 2014, p. 274). Un punto de partida que, conectando con la criminología crítica global, invita a ampliar los límites de estudio y la lente con la que identificar los problemas sociales. Motivo por el cual, el sexo, raza o clase no deben quedar excluidos de esta disciplina.

4 Las perspectivas teóricas y epistemologías feministas

Siguiendo con el objetivo de justificar la importancia de la metodología feminista en la recién presentada criminología crítica global, la decisión que tomamos y representaremos empíricamente parte de las aportaciones y la heterogeneidad de las perspectivas teóricas y epistemologías feministas. Direcciones contrarias a la teoría androcéntrica tradicional, caracterizada por el citado “epistfemicido” y la exclusión de la mujer de las metas de la razón y el progreso moderno.

Al respecto, algunas de las características de la epistemología tradicional sobre la mujer y sus conocimientos han sido: la exclusión de la investigación; la negación de una autoridad epistémica; la denigración de sus estilos cognitivos y modos de conocimiento; la invisibilidad bajo la que se ha situado el poder de género; o la producción de teorías que las representan en un plano inferior y son significantes, solo, si son útiles a los intereses masculinos (Anderson, 2004).

A colación, tanto en la relación derecho-mujer como desde la óptica feminista más general, las principales perspectivas teóricas tradicionales en tratar las desigualdades de género han sido la liberal, la radical, la marxista y la socialista. Unas corrientes (aún en discusión) en las que el feminismo liberal, por ejemplo, puede ser caracterizado por perseguir una igualdad simétrica en derechos y oportunidades a través de la corrección de estereotipos, de los roles de género o eliminar las leyes y prácticas basadas en ellos.

Respecto al resto de perspectivas, el feminismo radical se caracteriza por denunciar el patriarcado y el control por parte de los hombres del potencial reproductivo femenino. Corriente que se diferencia del feminismo marxista que, centrándose en el proletariado de la clase trabajadora como clase explotada, considera a las mujeres como principales afectadas a causa de los mecanismos de producción. Por su parte, el feminismo socialista, combinando las dos últimas corrientes, centra su interés en las desigualdades de género en un ámbito donde la sexualidad (incluida la reproducción) y el trabajo (remunerado o no) están incluidas (Daly y Chesney-Lind, 1988, pp. 537-538; Bodelón, 1998; 2010, pp. 184-185; Ugwudike, 2021, pp. 327-332).

4.1 Principales epistemologías feministas

Partiendo de estas perspectivas teóricas, a la hora de teorizar desde el feminismo, la heterogeneidad de múltiples posicionamientos también se ha dado en la teoría del conocimiento. En este sentido, tres han sido las principales epistemologías feministas: la empiricista, la del punto de vista (o standpoint) y la postmoderna. Epistemologías feministas que deben de ser entendidas como “la manera en que el sistema sexo-género influye y debería influir en nuestras concepciones del conocimiento y en los métodos de investigación y justificación” (Nicolás Lazo, 2009, p. 36).

Una breve presentación de estas epistemologías sería la siguiente:

  1. El empiricismo feminista: las defensoras de esta posición consideran que los métodos científicos de investigación tradicionales deben ser corregidos del prejuicio sexista que poseen. Sin embargo, no consideran su transformación puesto que creen en el modelo epistemológico tradicional a favor de una posible “verdad”. Por este motivo, son cercanas a una postura empirista-positivista y han contado con el apoyo del recién citado feminismo liberal (Nicolás Lazo, 2009, pp. 43-44; Iglesias Skulj, 2014, p. 205).

    La principal crítica recibida ha sido la de no problematizar los métodos científicos de la modernidad como una creación basada en la exclusión. Junto a ello, se ha señalado que al buscar un conocimiento “objetivo” y “neutro”, las empiristas feministas adoptaron métodos que marginalizaron opiniones de determinadas mujeres y las trataban como objeto de investigación y no sujetos de investigación. Así, el conocimiento se producía “en” temas vinculados a las mujeres, pero no “para” las mujeres (Ugwudike, 2015, pp. 154-155).

  2. El punto de vista feminista: en respuesta a esta última crítica, esta segunda epistemología enfatizó en producir conocimiento “para” las mujeres. A diferencia de la búsqueda de una “verdad” objetiva, se priorizan métodos que permiten a las investigadoras generar conocimientos desde el punto de vista de las experiencias (Ugwudike, 2015, p. 156).

    De este modo, partiendo de una posición aproximada al feminismo marxista y la subordinación amo-esclavo, se considera que desde la posición de opresión de las mujeres es posible la realización de un conocimiento más completo y menos perverso (Bartlett, 1990, p. 872; Nicolás Lazo, 2009, p. 45; Iglesias Skulj, 2014, p. 206).

    Entre los reproches recibidos por esta postura destaca la mayor atribución o importancia que da a las perspectivas de las mujeres sobre el resto. Situación que puede conllevar que el conocimiento producido por las académicas de esta corriente pueda adquirir un rol de “interprete y divulgadora” autoritaria y superior. A su vez, se ha objetado que se genera una visión esencialista de las mujeres al afirmar que comparten atributos identificables y pueda hablarse en nombre de “una sola” como un grupo homogéneo (Ugwudike, 2015, p. 156; 2021, pp. 335-336).

  3. El postmodernismo feminista: esta epistemología puede ir ligada a una posible quinta perspectiva feminista. Una corriente que se distingue del resto en cuanto abandona el marco teórico de la modernidad y la Ilustración (Iglesias Skulj, 2014, p. 207). Por ello, formada por diversas posiciones, sus partidarias critican la existencia de cualquier “verdad” y conceptos universales (Burgess-Proctor, 2006, p. 29). Su labor se concentra en la deconstrucción de “verdades”, el significado que tienen los fenómenos, la construcción social del conocimiento y el análisis del lenguaje (Nicolás Lazo, 2009, p. 48).

    En cuanto a las críticas, el postmodernismo ha sido considerado relativista por excluir, por ejemplo, las experiencias de las mujeres y no privilegiar ningún relato. Comentario negativo al que se añade la no identificación de prácticas y estrategias destinadas a alterar problemas estructurales y políticas sociales que perjudican a las mujeres o mantener una posición nihilista por no ofrecer una visión clara a favor de la justicia social (Ugwudike, 2015, pp. 158-159; 2021, p. 337).

Además, a partir de estas epistemologías también han comenzado a tenerse en cuenta factores como la raza y la clase. Por esta razón, la interseccionalidad también resulta necesaria ser considerada en nuestra propuesta metodológica en cuanto combina y tiene en cuenta múltiples identidades y experiencias vinculadas al género, la clase, la raza, la etnia, la edad, la sexualidad o la capacidad física y mental en la producción de conocimiento. Una posición influenciada por el feminismo negro norteamericano y figuras como Patricia Hill Collins, Kimberlé Crenshaw, Angela Davis o bell hooks y a la que también ha contribuido la criminología feminista (Burgess-Proctor, 2006; Potter, 2013).

5 La apuesta metodológica por las emociones

Tras esta breve exposición sobre el estado del arte, llegadas y llegados a este punto y siguiendo con la finalidad de este escrito, resulta necesario preguntarse cuál es la metodología feminista más acorde para producir conocimiento desde la criminología crítica global o cuáles podrían ser las distintas características feministas que alimentan, nutren y complementan este posicionamiento. De esta manera, resulta necesario tomar partido por alguna de las epistemologías feministas y las propuestas metodológicas englobadas en ellas.

En este penúltimo apartado se defenderá un posicionamiento alineado con la teoría crítica sobre la que se constituyó la criminología crítica, con los límites establecidos por la memoria colectiva y los terrenos de estudio ampliados por el estudio de las violencias estructurales y los daños sociales. Ejes de la criminología crítica global que justifican la apuesta por los ya citados elementos de la interdependencia, la vulnerabilidad y lo emocional.

5.1 Una posición ecléctica entre el punto de vista y el postmodernismo feminista

Aunque pueda ser bastante evidente, una criminología crítica global, en cuanto nace como refundación de la criminología crítica hacia nuevos retos globales en el estudio de “lo criminal”, implica una posición contraria a la teoría tradicional en la que se sitúan el feminismo liberal y empiricista. Como resultado, las opciones se reducen a la epistemología del punto de vista o la postmoderna.

Al respecto, pese a que las distintas tipologías sean cada vez mucho más difusas, nuestro posicionamiento concuerda con un emplazamiento ecléctico defendido por Gemma Nicolás Lazo (2009). Un posicionamiento que, además, permite incorporar algunos elementos que estas dos epistemologías tienen en común: 1) el absoluto cuestionamiento de una objetividad “neutral”; 2) la puesta en duda de la hegemonía androcéntrica en la producción de conocimiento; 3) la posibilidad de la interseccionalidad; y 4) su intensa condición política (Nicolás Lazo, 2009, p. 51).

Por hacer referencia a algunas de las críticas ya señaladas a cada una de ellas, a la standpoint se la ha reprobado por establecer una superioridad en las perspectivas de las mujeres sobre el resto. Una crítica que ponemos en duda si a raíz de la teoría critica comprendemos que esta opción permite mirar el mundo desde las excluidas del contrato social (Nicolás Lazo, 2009, p. 46). Una posición ampliable por parte de la criminología crítica global a las y los oprimidos. Por ello, en cuanto se intenta terminar con la opresión, esta “superioridad” resulta ser necesaria. Aspecto al que se añade una finalidad “transicional” hasta que deje de persistir la opresión masculina (Nicolás Lazo, 2009, pp. 53-55).

Al otro lado, el postmodernismo ha sido criticado de ser nihilista. Una posición que ha llevado a las defensoras del punto de vista a preguntarse cómo resulta posible construir categorías a favor de la lucha y la resistencia a partir de la deconstrucción. Objeciones a las que se añade la negación de un “sujeto epistemológico” o “histórico” como centro de la identidad de género y defensa por los derechos humanos (Bartlett, 1990, p. 879; Nicolás Lazo, 2009, pp. 54-55).

Este último posicionamiento es claramente contrario a la teoría crítica defendida por la criminología crítica global en cuanto rompe con las ideas ilustradoras. Por lo tanto, de acuerdo con Nicolás Lazo (2009, pp. 57-58), para construir y desarrollar una alternativa política (en cuanto toda criminología es política y sí o sí hay que tomar posición), el postmodernismo no resulta ser útil para cumplir con el papel prescriptivo de reivindicar la garantía de los derechos humanos, erradicar el mal o luchar por la satisfacción plena de las necesidades humanas.

Aun así, respondiendo a estas diferencias, pese a no ir con los lineamientos principales de la postura que defendemos, dentro de sus ejes se encuentra la importancia del daño social. Un espacio teórico que ha servido para poner en duda, con fuertes influencias con el postmodernismo, conceptos indiscutibles como el “crimen”. Por ello, la opción postmoderna resulta ser pertinente en cuanto niega y reconsidera términos hasta ahora irrebatibles y permite la ampliación de nuevas vías de estudio. Así, junto a las experiencias y emociones del punto de vista que remarcaremos a continuación, no se hace difícil pensar en una posición ecléctica que abarque ambas líneas epistemológicas.

5.2 Los caminos hacia una metodología feminista

Como resultado, en la línea de “una teoría crítica del Derecho” trabajada por Alda Facio, resultan necesarias narrativas que faciliten una crítica a la banalización de los métodos y discursos exclusivistas y favorezcan la creación de nuevas realidades alternativas (Facio, 1999, p. 117). Por ello, es necesario apostar a favor de una insurrección moral y sociopolítica que critica el “carácter progresista de la racionalidad científica” con un “método feminista” concreto.

No obstante, las dudas sobre un método específico o que determinadas investigaciones sean consideradas “feministas” ha sido objeto de debate. Según Sandra Harding (1987/2002, p. 10), no resulta adecuado hablar de cierto “método feminista”, sino de algunas prácticas que comparten los trabajos de inspiración feminista. Una opinión motivada por la frecuente confusión que se da en torno a los términos de método, metodología y epistemología.

En opinión de Harding (1987/2002, p. 12), estos tres últimos conceptos se confunden frecuentemente. Al método, la técnica utilizada para conseguir cierta información, le es atribuido el centro de atención en la mayoría de los trabajos académicos que tratan los problemas del “método científico” o el “método de la ciencia”. Un error que se da cuando, en realidad, las cuestiones de fondo se sitúan en los dos términos restantes, la ya citada y trabajada epistemología y la metodología que trataremos a continuación.

Por ello, las tres características que, según Harding, comparten muchas investigaciones feministas serían las siguientes:

  1. El problema de estudio proviene de las experiencias femeninas, reflejando y siendo estas una señal de la realidad;
  2. Los objetivos del estudio, en cuanto se centran en problemas que afectan a las mujeres, resultan ir vinculados al origen del problema y ofrecer explicaciones a estos intereses; y
  3. Esta situación coloca a la persona investigadora en el mismo plano que el objeto de estudio. Así, con un estudio de “abajo hacia arriba”, el género, la clase, las creencias, la raza o la cultura de la investigadora o del investigador son “colocados dentro del marco de la pintura que ella o él desean pintar” (Harding, 1987/2002, p. 25).

En este sentido, las propuestas metodológicas centradas en el análisis de género en el fenómeno legal, normativo o de aplicación de políticas públicas son variadas (vías que se asemejan con la criminología crítica global, aunque recordamos que defendemos un posicionamiento autónomo del derecho penal). Con sus puntos en común y sus diferencias, en vinculación a la posición ecléctica recientemente defendida, Facio (1992) propone una metodología concreta para el análisis de género del fenómeno legal que se fundamenta en seis pasos:

  1. Tomar conciencia de la subordinación del sexo femenino al masculino enfocándose en las experiencias concretas;
  2. Identificar y cuestionar las formas sexistas en los textos legales (como la insensibilidad al género, el doble parámetro o el androcentrismo);
  3. Determinar la mujer que el texto legal contempla como el “otro” (si es blanca, pobre, casada, etc.) y desde ahí analizar los efectos sobre las distintas mujeres y categorías como la etnia, raza, clase o ideología;
  4. Reconocer cuál es la concepción de “mujer” que sirve de sustento al texto (la mujer-madre, mujer-familia o solo mujer cuando se la asemeja con el hombre);
  5. Analizar el texto tomando en cuenta los efectos de otros elementos del fenómeno legal como el componente formal normativo (si es un proyecto de ley) o el componente político-cultural (si es una doctrina jurídica); y
  6. Ampliar la toma de conciencia de lo que es el sexismo y colectivizarla (Facio, 1992, pp. 13/75-109).

A su vez, Katherine Bartlett propuso una nueva epistemología, conocida como “posicionalidad”, que combinaba ideas del punto de vista y el empiricismo. Bartlett defiende que la “verdad objetiva” tiende a reflejar los intereses de aquellos que ejercen el poder y puede ser un buen inicio partir desde las experiencias de las y los oprimidos (1990, p. 880). Así, esta nueva mirada enfatiza en la parcialidad y construcción social de todo conocimiento, pero concuerda con la epistemología empiricista al pretender realizar una búsqueda más rigurosa de la “verdad”. Es decir, hay que sospechar de la objetividad, pero con un compromiso a alcanzarla (Bartlett, 1990, p. 884; 2014, p. 383).

Los principales ejes de esta postura son los siguientes:

  1. La pregunta por la mujer: consiste en identificar y cuestionar los elementos de la doctrina legal que excluyen o ponen en desventaja a las mujeres y el resto de los sujetos de otros grupos excluidos (Bartlett, 1990, p. 831). Una vía que, unida a las epistemologías, conecta con “el situar” por parte de las mujeres en las perspectivas en las que son afectadas por las normas e ideologías que se hacen llamar “neutrales” (Bartlett, 1990, pp. 886-887).
  2. Razonamiento práctico feminista: consiste en la expansión de las nociones tradicionales legales de un posicionamiento estático hacia una dirección que no descuide una óptica más sensible y pragmática (Bartlett, 1990, pp. 831/836-837). Fórmula que conecta con el interminable proceso de corregir distintas formas de opresión y ayuda a limitar los daños que las reglas pueden producir y reproducir (Bartlett, 1990, pp. 886-887).
  3. Aumento de conciencia: consiste en encontrar un entendimiento a través de compromisos colaborativos fundamentados en las experiencias y narrativas personales (Bartlett, 1990, p. 831). Una vía que sitúa a las experiencias en un proceso enriquecedor que va traspasando de unos conocimientos morales y políticos a otros (Bartlett, 1990, pp. 886-887).

En general, las metodologías presentadas hasta ahora comparten la importancia de las experiencias como punto de partida. Una vía a favor del punto de vista personal que va unida con el objetivo de compartir, colectivizar y colaborar desde distintas narrativas y generar conocimiento desde el espacio de las personas excluidas. Un plano que coincide con una de las características de la teoría crítica (y puede enmarcarse en la defendida criminología crítica global): la no separación del objeto/sujeto, no distinguir entre una teoría concebida como actividad pura y una o un teórico desinteresado que se limita a describir lo que ve; dicho de otra manera, aceptar que nos vemos atravesadas o atravesados por el objeto de estudio.

Asimismo, tanto la posición ecléctica defendida, como las distintas metodologías presentadas, coinciden con los “conocimientos situados” propuestos por Donna Haraway. Una posición que consiste en el reemplazo de la “objetividad” tradicional por un conocimiento parcial, que incorporando la biografía intelectual de las y los investigadores, producen conocimiento desde su propio punto de vista. Es decir, hacen referencia a “herramientas poderosas para producir mapas de conciencia” por parte de las y los oprimidos que implican nuevas orientaciones en un terreno colonial, capitalista y patriarcal (Haraway, 1991/1995, pp. 187-188).

Por lo dicho, las características descritas apuestan por la subjetividad, partir de los problemas que nos afectan y nos vuelva partícipes de nuestra propia investigación. Posición que conlleva una “parcialidad consciente” y hace frente a la neutralidad científica en cuanto se crea una identificación con el objeto de conocimiento (Nicolás Lazo, 2010, p. 82). Unos rasgos que, a su vez, pueden ir unidos a elementos defendidos por la economía feminista.

La economía feminista es una corriente del feminismo que sitúa su estudio en el conflicto capital-vida y tiene como meta poner la vida por delante del capital, siendo fundamentales las personas, su bienestar, sus condiciones de vida y la satisfacción de sus necesidades. Objetivos que coinciden con las metas de la criminología crítica global y la resistencia a dejar de vivir sobre un alambre que no tiene red debajo (Pérez Orozco, 2014/2017, p. 21).

En este sentido, poniendo especial interés en el eje de los cuidados, la economía feminista se plantea deconstruir los conceptos, modelos y paradigmas utilizados por la economía y elaborar nuevas categorías (Carrasco Bengoa, 2014, p. 18). Una vía que la criminología crítica global defendida en este escrito también debería englobar centrándose en “procurar configurar esquemas conceptuales que estén más atentos a las formas complejas y, a menudo, beneficiosas en las que el mundo modernista camina hacia su desaparición” (Harding, 1986/1996, p. 143).

Con estos objetivos dos elementos resultan ser centrales: la vulnerabilidad y la interdependencia. En cuanto a la primera, esta puede comprenderse como la situación de determinados individuos o grupos a padecer de injusticias, o bien, en un sentido ontológico que apela a algo compartido, común (Sembler, 2019, p. 3). Una doble interpretación que conecta con una comprensión, también doble, sobre lo dañable que es la vida: 1) por su finitud (la muerte se encuentra a un paso); y 2) por su precariedad (en cuanto son necesarias ciertas condiciones socioeconómicas) (Butler, 2009/2017, p. 30).

Así, por dar especial relevancia a la cuestión ontológica, reconocer y admitir esta situación vulnerable (que podemos ser dañadas y dañados en cualquier momento y nuestra vida depende de las estructuras socioeconómicas), implica que los problemas sociales tratados por las ciencias sociales sean considerados como parte del funcionamiento de nuestra sociedad y su respuesta esté enfocada en comprenderlas, interrogarlas y hacerles frente.

Por su parte, todo conecta con la interdependencia. La dependencia que tenemos con el otro o la otra, tanto la conozcamos como no la conozcamos (Butler, 2009/2017, p. 30). Y es que, como interpretaba Silvia L. Gil (2018, p. 46):

Ser precario o vulnerable significa ser inacabado y depender de los Otros, no como un asunto meramente relacional que se da en el orden de la existencia, sino en un sentido previo, en tanto es la única manera de llegar a ser.

5.3 El lugar de lo emocional

De igual forma, consideramos que lo emocional tiene especial relevancia si queremos poner la vida en el centro. Un espacio que desde la epistemología tradicional se ha considerado el extremo opuesto de la razón junto a otras dicotomías como mente/cuerpo, individual/colectivo, privado/público u objetividad/subjetividad (Nicolás Lazo, 2010, p. 79). Dualismos caracterizados por su sexualización, el parámetro de “hombre” para las primeras y “mujer” para las segundas y, su jerarquía, en cuanto las primeras son consideradas superiores (Harding, 1986/1996, pp. 143-144; Olsen, 1990/2009, pp. 137-138).

En consecuencia, una posición ecléctica se pone como meta romper dichos dualismos y dar lugar a lo que hasta ahora la ciencia moderna había intentado arrinconar. Un propósito que en materia criminológica supone reconocer que el derecho se ha identificado habitualmente con el primer grupo (Olsen, 1990/2009, p. 140). Un derecho racional, abstracto, objetivo y universal que deja en el olvido las experiencias, las emociones y los sentimientos.

De este modo, abogar por la memoria colectiva y recuperar el estudio de las violencias estructurales y los daños sociales debería implicar perseguir una dirección centrada en hacer frente a las concepciones hegemónicas. Como diría Sara Ahmed (2004/2015, p. 22), apostar por lo emocional supone poner en jaque la tradición epistemológica centrada en la razón. A su vez, apela a una colectividad, a aquello que sentimos por los demás y, en el sentido etimológico de la palabra (emoción proviene del latinismo emotio, que proviene de emovere, trasladar, mover), aquello que nos mueve, conmueve y une (Ahmed, 2004/2015, p. 36).

6 La metodología feminista en una Criminología Crítica Global

Tras lo presentado hasta ahora, y al hilo del objetivo general de este texto, cabe preguntarse cómo podemos trasladar estas propuestas en las formas de denunciar los daños sociales o cómo se puede hacer memoria a través de una criminología crítica global. Aunque las opciones pueden ser variadas, en este artículo se defiende la vía de la narrativa, en cuanto representa la forma que poseemos para dar sentido a cierta experiencia (White y Epston, 1990/1993).

Por este motivo, apelando a estas experiencias, consideramos que resulta necesario un acto que consiste en “conocer y nombrar las cosas” (Pérez Orozco, 2014/2017, p. 43). Así, las historias de vida, en especial, tienen un interés en cuanto, como aspectos positivos, permiten obtener una información de mayor profundidad y libertad, da lugar a las emociones o posibilita comprender la estructura social en cuanto puede llegar a representar distintos problemas sociales (Bassi Follari, 2014, pp. 136-137).

En esta línea, el tono del relato refleja una vía directa y personal donde la persona investigadora toma partido y reconoce cuál es su posición. En la medida que se realizan historias de vida, entrevistas cualitativas abiertas o semiabiertas y éstas se reflejan en los estudios, se está apelando a tomar partido y representar dichas narrativas. Por ello, en cuanto “persona informante”, ésta tiene la responsabilidad de representar las narrativas siendo el último escrito “tan suyo” como el de las y los entrevistados (Bassi Follari, 2014, p. 154).

En cuanto que las emociones son algo que se trasladan o se mueven, las narrativas pueden llegar a representar y evocar situaciones, experiencias o imágenes que circulan del texto hacia las personas que lo leen. Como diría Ahmed (2004/2015, p. 35), los textos pueden convertirse en objetos “pegajosos”, afectos con una gran tensión personal y social. Por ello, esta puede ser una línea metodológica adecuada si se pretende hacer memoria de lo que nunca fue o de lo que en el futuro puede correr el riesgo de quedarse en el olvido.

Como muestra, la defensa de estas ideas puede verse reflejada empíricamente en una investigación doctoral realizada en torno al no acceso de un medicamento esencial: el Sovaldi (Gómez Garmendia, 2022). Fármaco para tratar la hepatitis C (enfermedad que afecta principalmente al hígado y puede dejar de funcionar correctamente debido a la inflamación y cicatrización del tejido hepático producidas por la infección) que, con una tasa de efectividad superior al 90 % y menos efectos secundarios que los tratamientos anteriores, no llegó a todas y todos los enfermos entre 2013 y 2015 por motivos presupuestarios.

El estudio de este caso concreto partió del interés personal, como graduado en criminología, por aquellos daños olvidados, ignorados o banalizados por no considerarse delitos y apenas ser perseguidos ni nombrados en los estudios docentes de la disciplina. Así, siendo consciente de no tomar el camino convencional, decidí centrarme por un tema, también, poco común: el de la salud. En concreto, el campo de los medicamentos esenciales y su acceso. Un espacio de estudio donde, uno de sus problemas estructurales, el no acceso a medicamentos esenciales, me produjo especial interés porque, más allá de afectar a los mal llamados países “pobres” o “en vías de desarrollo”, tenía un carácter global que, incluso, llegó a afectar muy de cerca.

Por este motivo, con una movilización social conocida a favor del derecho al acceso al tratamiento, se optó por conocer y profundizar en el caso de la hepatitis C en Galicia. Un ejemplo donde la denuncia presentada por un colectivo de médicos y médicas que conocía sus casos llevó, incluso, a dos altos cargos del Servicio Gallego de Salud a ser investigadas por prevaricación administrativa e imprudencia profesional grave.

Por ello, tras contactar con la plataforma gallega y presentarles el proyecto de investigación, pudimos aplicar la metodología cualitativa de las historias de vida con veinte personas de la Plataforma Galega de Afectad@s pola Hepatite C (PGAHC). Esta investigación tuvo como finalidad denunciar la exclusión farmacéutica. Para ello, la metodología utilizada contó con el consentimiento de las personas participantes (siguiendo las líneas éticas establecidas por la Universidad) y su participación voluntaria. Un procedimiento en el que las y los integrantes me recibieron con los brazos abiertos y tuvimos la oportunidad de conversar entre enero y septiembre de 2020 (con el confinamiento por la covid-19 de por medio).

Las entrevistas tuvieron como meta conocer las experiencias en torno a la hepatitis C, su transmisión, su estigma, su tratamiento (y sus efectos secundarios), la exclusión del Sovaldi, la lucha realizada por la PGAHC (y las estrategias seguidas) y la tarea de informar a la sociedad sobre el virus. Unos hechos traumáticos que representaban lo dañable y vulnerable que es la vida y me vi con la responsabilidad de representar con el tono y las palabras adecuadas. Así, en el mismo plano de las personas afectadas, decidií optar por representar la crudeza de las historias con una transcripción real que incluyera las repeticiones, pausas, incluso, los agravios expresados por las y los afectados. Una apuesta que, en definitiva, reflejara lo emocional.

Con este cometido, el análisis de las historias de vida se decidió dividir en cuatro bloques que reflejaran el impacto de la exclusión farmacéutica en una etapa cronológica. En primer lugar, los resultados se representaron en torno al aceptar y el nombrar de la enfermedad, sus experiencias y las primeras etapas de la movilización de la plataforma (donde muchas personas enfermas aceptaron su vulnerabilidad y se dieron cuenta que compartían las mismas o parecidas experiencias a las de otras).

Los dos siguientes bloques fueron la denuncia y el contrarrelato, por un lado, y la reclamación y la reparación, por el otro. En la primera se reflexionó sobre la denuncia realizada por las personas afectadas de la exclusión del Sovaldi, una movilización que contó principalmente con acciones mediáticas y de presión política como la recogida de firmas en hospitales, las concentraciones en frente del Parlamento gallego los días de pleno o la presentación de mociones en los ayuntamientos. Un bloque al que le siguieron las experiencias y emociones relacionadas con la petición de responsabilidad como la ya citada vía judicial abierta contra dos altos cargos del Servicio Gallego de Salud.

Por su parte, el último bloque del análisis tuvo como título la resistencia, la emancipación y el aprendizaje. Un apartado que lejos de dar un rol pasivo a las personas afectadas, intentó trascender de la concepción de cuerpo sufriente y abarcó las acciones realizadas por las personas enfermas tras conseguir el acceso al tratamiento en abril de 2015. Un espacio donde se incluyó la importancia dada a los actos informativos a la sociedad sobre la enfermedad, la lucha por el acceso al Sovaldi de la población reclusa o el aprendizaje que todos hechos supusieron para cada una de estas personas.

6.1 Breve esbozo sobre el caso de la hepatitis C en Galicia

Como muestra, representado los resultados y el tratamiento (en especial, del citado primer bloque), merece la pena señalar que la hepatitis C comenzó a ser identificada como tal a partir de 1989. Un padecimiento donde sus principales vías de transmisión fueron de vía parenteral (como las transfusiones de sangre o las hemodiálisis) y destacaba por ser una enfermedad silente, es decir, no tener síntomas visibles hasta cinco o, incluso, treinta años después de adquirirla.

A su vez, en un inicio el desconocimiento sobre el mismo reflejó los sesgos androcéntricos de la medicina. Por ejemplo, a I.P.L. (en la investigación diecinueve de las veinte entrevistadas consintió el uso de sus nombres en el escrito, no obstante, en este escrito nos limitaremos a usar sus siglas), tras detectarle el virus, le preguntaron si bebía, prejuzgando “que las mujeres que hacen la vida en su casa beben a escondidas” y esa podía ser la causa de la afección de su hígado.

En lo referente a la tasa de efectividad de los tratamientos anteriores (como el interferón o la ribavirina) esta fue menor y sus efectos secundarios, según las y los afectados, fue “traumática”, “brutal” o una “animalada”. Por ejemplo, entre sus efectos, estos generaban dolores articulares, pérdida de peso o, incluso, mal humor y desconfianza tal y como le ocurrió a C.B.G.:

Y bueno, empecé el tratamiento el día de difuntos, […] me metí en este apartamento yo sola, eché a todo el mundo, los efectos psicológicos fueron horrorosos, eso fue lo peor de todo… mira, lo que te dolía el cuerpo era una cosa, pero lo que te dolía la mente era peor. Tuve que decirle a todo el mundo que se marchara [se emociona] solo entraron dos personas por teléfono, eso sí. A mi madre sí, también, porque lo mala que podía llegar a ser con ese tratamiento solo yo lo sé. Llegué a pensar mal de todo el mundo, llegué a tener ganas de suicidarme, llegué a, o sea, a cortar el teléfono porque a todo el mundo lo mandaba a la mierda, eso era lo más suave que yo le podía decir a una persona que me dijera cómo estaba. (C.B.G., entrevista personal, 3 de marzo de 2020)

Una situación que cambió en 2013 con la comercialización del Sovaldi, un medicamento caracterizado por: 1) su alta tasa de efectividad (curaba prácticamente la enfermedad, algo muy poco común en el ámbito farmacéutico); y 2) por su precio inaccesible. El precio en el mercado estadounidense de un tratamiento de 12 semanas fue de 84.000 dólares. Es decir, cada píldora diaria tenía el costo de 1.000 dólares. Cantidad inflada por el sistema de patentes y el monopolio de la Industria Farmacéutica que posteriormente dos senadores estadounidenses cuando pusieron en evidencia cuando confirmaron que el coste real de cada una era de 1 dólar (Wyden y Grassley, 2015).

Por ello, lo que en un principio produjo esperanza para las y los enfermos, cambió cuando su compra fue limitada para “cumplir con el déficit”. Un acontecimiento que excluyó del acceso a decenas de personas enfermas, incluidas aquellas que se encontraban al borde la muerte. Por consiguiente, estas personas decidieron unirse para exigir el acceso al tratamiento. En diciembre de 2014 se constituyó la PGAHC. Un movimiento social que en sus inicios supuso para muchas y muchos un primer paso en aceptar y nombrar su condición de enfermas y excluidas del tratamiento.

En un primer contacto, como muestra, las primeras impresiones de C.B.G. fueron las siguientes:

Llegué allí y me encontré a todos. Y yo, aquel día, así como fui llorando me vine riendo. ¿Por qué? Porque estábamos todos en lo mismo, a mí la asociación me dio la vida, porque [se emociona] me tienes que perdonar, pero … Me dio la vida por una sencilla razón, yo iba muy insegura y vi que ellos estaban igual que yo y entre todos vi la esperanza, vi que podíamos hacer algo, vi que si me moría no iba a estar sola y vi que cada uno contaba lo suyo y que todos teníamos lo nuestro, pero que todos podíamos ir por un camino. (C.B.G., entrevista personal, 3 de marzo de 2020)

Y es que, en aquel entonces, C.B.G. ocultaba su enfermedad porque aparte de ser silente, también fue silenciada por su mala fama. Cuando conoció que había personas que compartían su misma afección, tuvo un sentimiento dentro de ella que la obligó a decir que sí lo tenía y que ella tenía la misma fuerza que el resto porque se sintió comprendida y arropada. Mismas sensaciones que también se dieron tras la celebración en Santiago de Compostela del primer acto público de la plataforma el 5 de enero de 2015. En el sótano de un pequeño local, las y los afectados asistieron a un momento de “intensidad emocional brutal” en cuanto cada persona fue presentándose:

Y lo que comprobamos todos (que fue muy liberador para todos, yo creo), fue comprobar la carga de dolor que cargábamos sin compartirlo con nadie, en solitario, aunque esté tu familia y tengas un entorno afectivo potente […]
Claro, allí, que no nos conocíamos de nada, pero teníamos mucho en común. Por ejemplo, cuando se nombraba la palabra “interferón” había un murmullo generalizado. Nadie tenía que dar explicaciones de nada porque todos sabíamos de lo que estábamos hablando. Y el hecho de estar en un entorno en el que tanta gente entendía el grado de sufrimiento al que nos había sometido ese tipo de tratamiento era tremendo. Entonces, claro, lo que hacíamos todos era llorar. Y entre lágrimas se habla más despacio y es muy difícil cortar a la gente… bueno, no lo hacíamos, de hecho. (X.A.D., entrevistas personal, 30 de enero de 2020)

Asimismo, a partir de entonces la movilización prosiguió hasta que, desde abril del 2015, la población enferma comenzó a tener acceso al tratamiento y negativizó el virus. Incluso en el ámbito legal, como señalábamos, se llegó a abrir un proceso de instrucción con dos altos cargos de la administración como investigados por los hechos acaecidos. No obstante, el proceso no llegó a más al archivarse el caso el 25 de noviembre de 2019. Una situación que reflejó el poco lugar que tienen las violencias estructurales o daños sociales en el derecho penal (y, por ello, en la Criminología tradicional). A su vez, imposibilitó a las y los afectados un reconocimiento. Y es que su intención no fue meter a nadie en prisión, sino una admisión pública de que las cosas no se hicieron bien.

7 Conclusión

A modo de recapitulación, es posible defender que nos encontramos actualmente en una corriente crítica y global avalada por múltiples estudios y trabajos. Un núcleo, el de la criminología crítica global, que resulta necesario actualizar constantemente. Dicho esto, este estudio ha tenido la intención de presentar una breve exploración que podría ser beneficiosa para dicha actualización: justificar la introducción e importancia de las metodologías o características feministas en esta epistemología global.

Al respecto, somos conscientes que queda mucho por hacer en lo concerniente a distintos rasgos feministas como partir de la experiencia en los objetos de estudio, ligar dicho objeto con lo que verdaderamente afecta a ciertos colectivos o considerar la vulnerabilidad como punto de partida. Por esta razón, puede que el caso de estudio presentado no pueda considerarse feminista ni se enfoque en las preocupaciones de género. No obstante, sí que aboga por una mirada de “abajo hacia arriba” que se preocupa por las y los oprimidos y sirve de ejemplo, para futuros estudios criminológicos, como posible referencia dirigida al conmover y al sentir.

Un enfoque que, en definitiva, concuerda con gran compromiso, con una de las citas aportadas por una de las referentes de la criminología latinoamericana: “La bandera crítica debe seguir abierta a los nuevos vientos, pero a conciencia de que no es sólo una cuestión de banderas, sino de construcción de un nuevo paradigma de justicia, paz, igualdad y libertad para todos [todas y todes]” (Aniyar de Castro, 2010, p. 296).

8 Agradecimientos

Dedico este artículo a mi sobrina Isabella. Por su parte, agradezco la colaboración ofrecida por mi amiga María José Masís y mi amigo Julián Aristimuiño.

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