Athenea Digital - num. 0 abril 2001-

La privatización del control penal. Un nuevo mecanismo de exclusión social

Maria Lucrecia Hernández Vitar
Programa de Maestría en Sistema Penal y Problemas Sociales.
Universidad de Barcelona

 

Pocas funciones sociales parecen más públicas que las de control policial, la de administración de justicia y la de encarcelación de las personas. Sin embargo, desde hace unas décadas la soberanía estatal se  ha visto invadida y en la situación de compartir el uso exclusivo de su poder coercitivo con un emergente sector: el privado.

En este contexto, el análisis de las políticas de seguridad y de control penal llevadas a cabo por los Estados -inscriptas como uno de los objetivos prioritarios de los gobiernos y desarrolladas con más fuerza a partir de la década de los ´80- permite comprobar la existencia de un conjunto de factores articulados a su implementación.

A partir de los ´80 se puede observar, en primer lugar, que el incremento del sentimiento de inseguridad ciudadana, unido a las fuertes campañas de lucha contra el crimen, dio lugar al nacimiento de una nueva forma de pensar y de mirar los problemas y las relaciones sociales, expresada a través de la óptica del riesgo y de la inseguridad.

En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, el aumento del encarcelamiento a nivel mundial fue uno de los detonantes tanto de las políticas de control penal duro como de las que posteriormente fueron el esbozo de las opciones privatizadoras en torno a prisión. En este mismo sentido, se puede observar una tendencia a policializar cierto tipo de problemas sociales, tales como la tenencia de drogas o el gran movimiento de las masas de inmigrantes (Bergalli,1995).

En tercer lugar, a partir del surgimiento de nuevas categorizaciones sociales y a raíz del fracaso de las estrategias esbozadas hasta ese momento, se perfilaron nuevas corrientes y comenzaron a ponerse en marcha políticas de diseño ambiental para afrontar el fenómeno de la delincuencia. Emergen enfoques innovadores, de sello más preventivo que punitivo, como así también nuevos mecanismos de vigilancia, que abarcan desde la introducción de tecnología hasta diferentes modalidades de participación ciudadana.

Junto a ello se observa que la paradoja del mundo contemporáneo, signada por los procesos de globalización e individualización, encuentra su manifestación más evidente en la difuminación de las fronteras entre lo público y lo privado. En esta situación de fusión y ante la creciente incapacidad que muestra el Estado para cumplir con las tareas que le son propias, determinadas áreas de producción de bienes y de servicios estatales han sido penetradas por capitales y por modos de gestión del sector privado. Opciones consideradas como una de las salidas más rentables (medidas en términos costes-beneficios) para aligerar la carga económica del Estado y, en igual sentido, para fomentar la expansión de sus servicios.

La emergencia de lo privado

Con la emergencia del modelo posfordista y la crisis del Estado de Bienestar empezó a verificarse un progresivo desmantelamiento de la regulación del Estado en la vida social, transfiriéndose bienes y servicios hacia la esfera privada, y desarrollándose estrategias orientadas a implicar al sector no estatal.

En este orden de cosas, no resulta extraño que se asista a un traspaso de las modalidades de control social desde lo público hacia lo privado, ámbito en el que comienzan a gestarse y a definirse las políticas criminales y las de seguridad ciudadana.

Como consecuencia, comienza a resurgir la industria de la seguridad privada. Conviene señalar que esta forma de manejo de la seguridad ciudadana no es nueva; por el contrario, desde los orígenes de las funciones de policía, de seguridad y de protección a la ciudadanía, ha sido una constante la existencia de cuerpos privados oferentes de esta clase de servicios. Por este motivo, resulta necesario tomar como punto de partida del análisis el nacimiento del Estado moderno y el surgimiento de la policía como cuerpo fundamental para poner en práctica su poder coercitivo (Recasens, 1996; Recasens y Domínguez, 1998).

Este fenómeno se observa en la intensificación y la expansión de nuevos mecanismos o técnicas de control de la conducta humana (v.g. centros custodiales, sistemas de monitoreo electrónico,  nuevas formas estadísticas para determinar y para predecir riesgos), las que son consentidas o receptadas casi voluntariamente por los ciudadanos, tanto aquellos sometidos a algún tipo de institucionalización como los que se encuentran en condición de hombres “libres”.

Estados Unidos y Gran Bretaña en la década de los ´80 han sido el escenario privilegiado de irrupción de estos procesos que, sin embargo, no quedaron acotados a sus límites. La configuración de los nuevos bloques económicos junto a la reorganización del orden mundial ha conducido a que estas transformaciones se conviertan también en una realidad en gran parte de las naciones del mundo, como es el caso de la Unión Europea o muchas ciudades latinoamericanas. 

A partir de allí comenzaron los procesos de privatización de los organismos públicos de producción de bienes y servicios, lo que ha puesto en juego cuantiosas sumas de dinero. El fenómeno se ha puesto de manifiesto en diferente áreas. En las que algunos autores denominan “instituciones intermedias", relacionadas con el manejo de "drogadictos" o de los delincuentes juveniles. Asimismo, en el ámbito comunitario a partir de la emergencia de asociaciones de vecinos que se agrupan para combatir la delincuencia, y en otro tipo de asociaciones que intervienen en el proceso de "rehabilitación" de ex-presos.

Por último, cabe destacar otro tipo de cuestiones, a las que conviene prestar atención preferente. Por un lado, las privatizaciones están referidas a las medidas preventivas de vigilancia, dentro de las cuales se encuentran los mecanismos de vigilancia privados (guardias, alarmas,  circuitos cerrados de televisión, etcétera); por otro lado, la privatización también se ha introducido en el ámbito penitenciario, tanto en lo que hace a la construcción misma de los establecimientos como en lo atinente al manejo del régimen progresivo de los internos.

Estas nuevas estrategias han sido desarrolladas para manejar ciertos tipos de conflictos dentro de las comunidades y suministrar mecanismos de control social en el seno de las mismas. Su incorporación está relacionada con el nacimiento de extensas áreas de propiedad privada (centros comerciales, condominios, restaurantes, etcétera), ámbitos en los que comienza a transcurrir gran parte de la vida de los ciudadanos. Aunque se trata de espacios de uso público, su carácter de propiedad privada genera el derecho de sus propietarios a la autodefensa (Shearing y Stenning, 1981 en Shearing y Stenning,1994).

El nuevo enfoque actuarial en el control del crimen

Dentro de este nuevo esquema, la atención se centra en la vigilancia y la distribución de los potenciales ofensores, en la prevención o la reducción de las oportunidades para delinquir, como también en el manejo y la detección de los grupos clasificados por su “riesgo”. Se ha producido una clara redefinición de quiénes son los enemigos públicos, asumiendo posiciones centrales tanto los delincuentes convencionales -traficantes de drogas o terroristas- como los grupos recientemente incorporados -los inmigrantes ilegales, los sin trabajo, los “drogadictos”, los pequeños ladrones o las prostitutas-.

Se observan formas actuariales en la concepción y en el manejo de la seguridad pública que emplean el lenguaje del "management" y la utilidad social, en contraposición a la noción tradicional de la responsabilidad individual (Feeley y Simon 1995). En este contexto, las políticas de seguridad desplegadas por los Estados, tanto la simple acción de iluminación de una calle como la construcción de nuevos centros penitenciarios, se encuentran imbuidas del lenguaje de la prevención -en sus distintas formas- de la contención o el aplazamiento en la carrera delictual de los nuevos delincuentes.

El análisis de estas nuevas problemáticas son abordadas en el estudio sobre La privatización del control penal. Un nuevo mecanismo de exclusión social. En la primera parte el presente estudio se efectúa un análisis de los procesos de cambio y de transformación de las políticas y las estrategias de control del delito, haciendo particular referencia a la tendencia a la privatización. Luego de examinar la situación existente en Estados Unidos y en Europa, el foco de atención se centra en la República Argentina.

Si bien los mecanismos privatizadores se verificaron dentro los tres estadios del control penal, formado por la policía, la administración de justicia y la ejecución de penas, se privilegian sólo dos de aquellos. La elección no fue realizada al azar, sino que el interés es investigar los estratos más duros del control penal, la policía y la cárcel, en el marco de un esquema que muestra la emergencia de una policía privada y de opciones de privatización en el ámbito penitenciario. 

Se procura asimismo descubrir la nueva lógica de las políticas de seguridad emergentes, el por qué de su aparición, el contexto en el que surgieron, así como analizar algunas de las estrategias que tienen relación directa con la privatización del control penal.

Se examina cómo las políticas de prevención de la criminalidad ensayadas en la actualidad desde los diferentes ámbitos involucrados en su formulación y ejecución están orientadas y marcadas por los siguientes indicadores: i) el surgimiento de un nuevo concepto, el de “sociedad del riesgo”, mediante el cual se manejan y se calculan los riesgos sociales a través del aseguramiento y prevención de las posibles pérdidas que pudieran ocasionarse; ii) se privilegia la definición y el diseño de los espacios de control; iii) se produce el ingreso de múltiples agentes encargados del control y la estructuración de la “lucha contra el crimen”; iv) la intensificación de las técnicas de vigilancia y el desarrollo de nuevos mecanismos electrónicos de supervisión de la conducta; y v) la intervención de servicios sociales y asistenciales en el “management” de las nuevas clases peligrosas.

En una segunda parte se analizan las consecuencias derivadas del ejercicio del control del delito, las tendencias de privatización y el corporativismo que experimentan en la actualidad muchos de los sistemas políticos europeos y ciudades norteamericanas. Entre ellas, podría hablarse del surgimiento de una "industria del control del delito", de un “mercado del control del delito” (Christie, 1993) o de las nuevas fórmulas de desempeño de las funciones de vigilancia otrora asignadas al Estado.

En este punto se intenta mostrar la reorganización de la asignación de las responsabilidades de vigilancia del orden público que se ha producido en el interior de los Estados. En forma complementaria, se procura alertar acerca del surgimiento de una nueva estrategia de orden y de seguridad ciudadana, definida y controlada por agentes del sector privado e indagar en qué medida estas modalidades coinciden o se contraponen con aquellas proclamadas por el Estado. Para finalizar, el análisis se orienta hacia la expansión del rol del sector privado en el tercer componente del sistema de justicia, el de la ejecución de las penas, que a partir de los ´80 comenzó a generar gran interés, pero también fuertes controversias.

En el último capítulo, y a modo de conclusión, se plantean algunos indicadores para demostrar el traslado a la realidad argentina de los mecanismos y de los modelos de control penal instalados en el mundo denominado “desarrollado”. En esta línea, se muestra que en el caso de Argentina se reproducen -mediante imitación- las nuevas políticas adoptadas en la lucha contra el delito: seguridad privada, diseño espacial para la prevención del delito, intensificación y aplicación de sofisticadas tecnologías en los mecanismos de vigilancia, participación comunitaria en el diseño de las políticas de seguridad, control multiagencial del delito…  Pero, en definitiva, no hacen más que crear, sin mezclar, dos ciudades dentro de una. Como dicen Borja y Castell, “… a la ciudad legal se le añadió una ciudad ilegal o alegal.” (Borja y Castell 1997).

 

Referencias

BERGALLI, R. (1995): El Sistema Penal Español como el Ambito Menos Conocido del Control Social. En: “Social Control, Political Power, and the Penal Question: For a Sociology of Criminal Law and Punishment”. Oñati Proceedings, 1995, número 17.

BORJA, J. y CASTELL, M. (1997): Local y Global. Madrid. Taurus.

CHRISTIE, N. (1993): La industria del control del delito. ¿la nueva forma del holocausto?. Buenos Aires, Editores del Puerto.

FEELEY, M.  y SIMON, J. (1995): La nueva penología: notas acerca de las estrategias emergentes en el sistema penal y sus implicaciones. En “Delito y Sociedad. Revista de Ciencias Sociales”. Número 6-7. Buenos Aires.

RECASENS, A. (1996): Soberanía, aparato policial e integración europea. En R. Bergalli y E. Resta (compiladores): “Soberanía: un principio que se derrumba. Aspectos metodológicos y jurídicos-políticos. Barcelona. Paidós.

RECASENS A. y DOMINGUEZ J. L. (1998): La configuración del espacio policial contemporaneo. En M. Añón; R. Bergalli; M. Calvo y P. Casanovas (editores): “Derecho y Sociedad”. Valencia. Tirant lo Blanch.

SHEARING, C. y STENNING P. (1994): Private Security: Implications for Social Control. En S. Henry (editor): “Social control, Aspects of Non-State Justice”.